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lunes, 12 de marzo de 2012

Bilbao, Diputación, Maternidad y el Mercado de la esquina






Resumen del artículo:

* Hace treinta años adoptar niños al margen de las instituciones parecía algo habitual. De hecho, según denunció DEIA, en un reportaje publicado el 18 de abril de 1982, más de la mitad de las adopciones que se registraban en Bilbao por aquel entonces se realizaban sin ningún control oficial.

*Existe en Bilbao, al igual que en la mayoría de ciudades del Estado, una especie de mercado blanco de niños.

* En el reportaje, firmado por José A. Rodríguez, fuentes de la Maternidad de Bilbao señalaban que las adopciones "bajo cuerda" se realizaban "bajo el cartelito de obras de caridad".

* Según los datos recogidos en el artículo de DEIA, en los años 80 y 81 se adoptaron en Bilbao unos sesenta niños sin intervención de las instituciones, mientras que en los años 1972 y 1973 esta cifra ascendió a 113 bebés.

* También se hace eco el periodista de que las familias adineradas no acudían a la Maternidad a adoptar. "Estaba la trama de Mercedes de Gras. Era otra forma para conseguir un niño bastante más rápida que acudir a la Maternidad"

* La propia Junta de Protección de Menores y el Servicio de Acogidos de la Diputación Foral confirmaban en 1982 la existencia de adopciones irregulares.

Esto era hace 30 años??? perdonen que me entre el ataque de risa

Consideraciones:

* En 1982 ya estaban hartos de ver y de saber que se adoptaban niños de las manera mas rocambolescas, de hecho además de la Diputación de Vizcaya, el Consejo Nacional del Movimiento, el Ayuntamiento de Bilbao, el Patronato de la Junta de Menores (no se olviden que la Ley de Tribunales Tutelares de Menores fue redactada por el Sr. Gabriel Ybarra Revilla y el Sr. Montero Rios), además del Tribunal de Menores de Bilbao, del Consejo Superior de Protección de Menores, de Cáritas Diocesanas, de la Unión Nacional de Tribunales de Menores de España, el Gobierno Civil de Vizcaya, la Audiencia de Bilbao, Alcaldes, Consejeros, Magistrados, Jueces, Policía, Abogados, Médicos, Clínicas, Hospitales, enfermeras, funcionarios varios, todos lo sabían desde hacía décadas.

* Mercado blanco??? un mercado blanco es cuando el producto no se esconde, se ofrece libremente; el Mercado es un sitio destinado permanentemente o en días determinados a comprar y vender mercancías. en donde hay un conjunto de compradores de un determinado producto o servicio, que tiene un orden comercial y en donde se hacen operaciones de compra-venta, porque no hay secretos ni mentiras, no hay robos ni malversaciones, no hay fraude ni engaño, el mercado es para productos inanimados, refiriéndose a seres humanos (los bebés lo son y sus madres también), yo lo llamaría Trata de personas o Trata de blancas como se decía antiguamente, o Rapto, o Comercio y Negocio tal que si estuviéramos en el siglo XIX, o Pacto, o Uso y Abuso, o Apropiación, o Secuestros en toda regla, el mercado este tiene cualquier color menos blanco, somos estupendos todos cuando queremos dulcificar con el lenguaje actos y hechos incalificables, años atrás y ahora, puesto que en cualquier publicación sea esta o cualquier otra jugar con las palabras es un arte encaminado a tergiversar y ocultar realidades que perfectamente conocen, pero hay que ser políticamente correctos o vaya usted a saber.........

* Yo diría que mas de la mitad de las adopciones de Vizcaya no solo no se hacían sin control oficial según Deia, sino que absolutamente todas se hacían con control oficial, sellado y rubricado, dando apariencia de legalidad por sus medios a los papeles, aunque si los miramos y analizamos podemos encontrar cosas que parece mentira que hayan sido hechas por los sesudos funcionarios de las entidades nombradas anteriormente.

* Las adopciones de la Maternidad que según dice el artículo que hacían bajo cuerda y como obras de caridad....... lo dudo, de todos es sabido que muchos niños se depositaban o se hacían pasar por el supuesto torno para hacer las veces y punto, conozco muchos adoptados supuestamente depositados en la Maternidad ayer con un día de vida o dos y hoy ha salido adoptado, de la misma manera, casi con los mismos papeles y por las mismas personas, partida de nacimiento falsificada naturalmente, algunos han conseguido saber que realmente nacieron en la Clínica San Francisco Javier, en Usparitza, en la Clínica del Dr. Placios, en Ginecoyatreo y en algunas otras, pero no lo pone su partida de nacimiento, entregados en el torno ya sea por los propios padres adoptivos por consejo de su mentora o mentor, ya sea por las personas encargadas de la adopción con antelación para dar una apariencia de abandono, siempre la misma "señora" según sus palabras y parecida sospechosamente a Mercedes de Gras o a alguno de sus curas o alguno de los miembros de María Madre, así que estas "caridades" me las conozco de memoria y en carne viva, créanme e igual que yo mas personas.

* En serio ¿de verdad se creen que entre 1972 y 73 solo se adoptaron 113 niños sin intervención de las instituciones?......... si con eso se refieren a personas que no tengan ningún documento........ puede, pero la realidad es muy distinta, que yo sepa ahora mismo y por conocimiento directo si sumamos los casos que conozco de esos dos años se duplica el número, claro que los que yo conozco todos tienen los documentos "legalizados" por las instituciones mencionadas anteriormente, puesto que muchas personas funcionarios de las mismas en distintas categorías también estaban asociados, militaban o como lo quieran llamar a María Madre.

* Las familias adineradas, algunas menos adineradas si que acudían a Mercedes Herran Inchausti o Mercedes de Gras como se hacía llamar, Merche para los mas próximos, normal, donde hay demanda......... aparece la oferta de la manera que sea, pero no se engañen, muchas de esas familias también "pasaron" por la Maternidad de manera subrepticia y la apariencia de abandono ya era un hecho, otros no, depende de lo que se necesitase en cada momento, eso es mas difícil de saber, no hay un patrón definido todavía, para eso los padres adoptivos deberían contar a sus hijos la verdad de como fue, en que condiciones, etc....., como no hay encuestas, ni estadísticas, nos quedamos con las ganas de saber, porque sabemos que nunca les contarán la verdad y menos al resto del mundo y con esto no quiero decir que no los quieran, ni mucho menos, los quieren a la mayoría y mucho, pero todos sabemos que el amor es muy egoísta, cuando acudían a Mercedes de Gras, sabían indudablemente que tendrían un bebé, puesto que su especialidad eran los bebés no niños creciditos de mas de un año, que esos si que estaban en la Maternidad que era a su vez Casa Cuna, muchas veces he pensado que si de verdad quieres un hijo poco importa que tenga un día o un año o dos......... ¿no? sin embargo niños mayores de un año esperaban a unos padres que nunca llegaban, también sabían que escaseaban los niños recién nacidos a partir de los 60s y que con Mercedes de Gras había niño seguro, pero....... ¿se preguntaron alguna vez de donde salía tanto niño? ¿se preocuparon de saber si en realidad su madre lo quería o no podía tenerlo? no creo, es mejor pensar y convencerse que su madre no lo quiso o lo abandonó.

* La Propia Junta de Protección de Menores no podía confirmar que en 1982 habían adopciones irregulares solo en ese año, porque lo sabían desde décadas atrás, por lo tanto fue una perrogrullada mas que la gente se cree porque le conviene, arañar la conciencia, la mala fe, y cualquier otro epíteto es complicado para las instituciones y los peatones, sobre todo si los peatones han sido beneficiados y las instituciones cómplices.

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Seamos claros de una vez, que no estamos en parvulitos y todos sabemos todo, parece que ahora nos hemos caído de un guindo........

Mercedes Herran de Gras estuvo tiempo en la Maternidad Casa Cuna de Bilbao, allí conoció a Sor Juana de la Casa Cuna de Tenerife, allí hicieron sus "tratos", pero esos "tratos, complicidades y ayudas" ya las tenía antes con los miembros de María Madre, antes de tener que registrarse como asociación por imperativos legales, nada mas, fue ponerle una etiqueta de "legalidad" muy dudosa puesto que María Madre seguía siendo un secreto general, comentado a soto voce y de boca a boca de los interesados, tal y como suelen funcionar las organizaciones que tienen mucho que esconder y aquí había y hay mucho, la conexión Bilbao-Canarias-Bilbao funcionaba decadas antes de 1982 y todos lo sabemos, otra cosa es que se hagan los tontos.

Por muy lista y encumbrada que fuera Mercedes de Gras, ella sola no hizo María Madre, la hicieron otras personas asociadas a ella y con ella, por si sola no creo que hubiera podido mover lo que ha movido dentro y fuera de España.

María Madre estaba formada por:

- Sr. D. Adrian Celaya e Ibarra - D. Carlos de la Herran Matorras - Sr Jose María Oliva Alonso - Sr Gabriel Aranguren - Sr Roque Aranguren - Sr Alfonso Garay - Sr Ramón Moronati - Sra. Mercedes Herran de Gras - Presidente de la Audiencia de Bilbao Excmo. Sr. D. Rafael Gonzalez de Lara - D. Agustín de la Herran y de las Pozas - Sr. Javier Ybarra y Bergué

Y muchos otros que ya veremos.

Con la cooperación de:

Diputación de Vizcaya - Consejo Nacional del Movimiento - Ayuntamiento de Bilbao, - Patronato de la Junta de Menores - Tribunal de Menores de Bilbao - Consejo Superior de Protección de Menores - Cáritas Diocesanas - Gobierno Civil de Vizcaya - Audiencia de Bilbao - Alcaldes - Consejeros - Magistrados - Jueces - Policía - Abogados - Médicos - Clínicas - Hospitales - Enfermeras - Asistentes Sociales - Funcionarios

La pena es que no haya podido leer completo el artículo puesto que solo han publicado una parte, supongo que el resto vendrá en otra entrega, la cosa está achuchada y se necesitan mas titulares que enganchen a la gente, ¿para que? ah!! los click y venta de papel, muy inteligentes.

Pues nada, el resto lo veremos otro día y lo contestaremos otro día.


jueves, 2 de febrero de 2012

Adrian Celaya Ibarra. Conciliar vida pública y vida secreta

Nacio en 1917, asistió a las escuelas de los Astilleros del Nervión……. no vamos ha hacer su biografía porque de todos es conocida.


Considerado uno de los prohombres de Vizcaya parece increíble y hasta paradójico que haya tenido una vida secreta que derrumba por completo su trayectoria aparentemente blanca e inmaculada de trabajo y servicio a la justicia.


Ver para creer.


Si no fuera porque su nombre se repite a lo largo de años dentro de la asociación María Madre como confundador con otros “prohombres” y su estrecha relación con Mercedes de Gras, si no fuera porque su nombre se repite incesantemente dentro de las partidas de nacimiento de tantos y tantos adoptados que lo fueron en Bilbao y desde Bilbao allende sus fronteras, si no fuera que lo hemos visto escrito y refrendado por las propias autoridades de la época…… lo hubiéramos dudado todos, incluso se nos hubiera acusado de mentir y nos hubieran pedido responsabilidades por hacer difamación de prohombres y mujeres de lo mejor de la sociedad vasca, sobre todo del considerado “Patriarca del Derecho Vasco”


Indudablemente sabemos que la susocidicha asociación funcionaba sin nombre oficial años antes de que se registrara para darle un viso de legalidad, aunque manteniéndose secreta……..cuando una asociación es secreta habiéndose tornado pública por registro había algo que no funciona bien, “María Madre” ya formaba parte de las vidas de todos los “prohombres” que la integraban y sus socios y cómplices, imposible que de un día para otro acordaran reunirse y de repente gestar tamaña asociación secreta, formar parte activa de la misma y con la impunidad que le daban sus diferentes cargos dentro de la abogacía y que la judicatura le proporcionaba una coartada perfecta para “legalizar” documentos a todas luces ilegales formados al amparo de la extorsión a las voluntades de madres adolescentes y menos adolescentes, manipular y amañar datos saltándose las barreras legales, simulando con un asterisco invisible adopciones que no tenían el consentimiento legal ni por edad ni por voluntad de muchas madres, Adrian Celaya Ibarra pasó por todos los cargos al igual que los demás, rotaba desde el cargo de Tesorero, Vocal, Presidente, etc…….. exactamente igual que los demás miembros, incluida Mercedes Herran de Gras.


Su jubilación forzosa como Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Bilbao se hizo efectiva el día 1 de Enero de 1987, aunque su presencia e influencia siguió intacta y todavía se deja sentir en todos los ámbitos de Vizcaya.


Un miembro tan distinguido de la judicatura aplastó con sus acciones, consentimiento y rúbrica a muchas personas aparentemente insignificantes que vistas desde las alturas lo mas probable es que fueran morralla molesta que hacía ruido y que no se adecuaba a su estilo de pensar y forma de ser, de ver la vida.


Al cumplir cuatro años de actividad la Academia Vasca de Derecho, Adrián Celaya Ibarra hizo su largo discurso del quedó constancia, además de una serie de florituras hay palabras que no concuerdan con la realidad de su vida secreta, por ejemplo “nuestro trabajo es pensar, no vegetar. No sé si será una osadía, pero quisiera pensar al estilo de los buenos juristas, con razonamientos serenos, buscando la verdad y manifestándola con entusiasmo pero nunca con un átomo de agresividad. El pensamiento produce ideas y criterios diferentes, pero todos respetables. Fuera de nuestro mundo jurídico se extiende el lenguaje autoritario, el gesto airado y, a veces, la amenaza. Es bueno que opongamos nuestra serenidad, la toma en consideración de los argumentos contrarios, el recurso a la razón para aclarar las cosas, y, sobre todo, el respeto a la verdad siempre y en todo lugar.”



Me pregunto donde quedó durante toda su vida el respeto a la verdad ante su propio trabajo, hacia otras personas, hacia las instituciones en las que trabajaba, en su juramento al obtener sus títulos y cargos, hacia la sociedad…………. Ese respeto a la verdad lo debe, a todos nosotros, a los manipulados, afectados, a los amenazados, engañados, a los ninguneados, abusados, extorsionados, a madres, a hijos……….

Cuando se le ha preguntado por su amistad y conocimiento de María Madre y Mercedes Herran de Gras, unas veces no la conocía, otras la había visto alguna vez, otras era una pesada que de vez en cuando iba por el juzgado con los papeles incompletos….. todo esto está grabado en múltiples reportajes de cadenas varias de televisión, de su boca……. El poder del disimulo y de la tergiversación de la verdad, mentiras.


Se supone Sr. Celaya Ibarra que usted es un hombre, demuéstrelo, si realmente se viste por los pies y es todo lo que ha proclamado a lo largo de su vida hable, respete un poco a los que llevamos años y años buscando respuestas, si ha tenido un compromiso real con su trabajo y con su vida en general manifiéstese, si todo no ha sido una fachada y una farsa de puertas para afuera pruébelo, intente razonar, argumentar y justificar su pertenencia a la secreta organización en la que tan involucrado estaba y porque se autoerigió en manipulador de los destinos ajenos en combinación con otros, saltándose las instituciones que para ello estaban y de las que usted formaba parte.


Perteneció Sr. Celaya a una organización secreta pero auspiciada por prohombres y por instituciones estatales, así demuestra solo una parte de la utilización que hizo a lo largo de muchos años de la adulteración y falsificación de muchos documentos “oficiales y legales” deformando la verdad, utilizando maniobras y trucos acompañado indudablemente por sus correligionarios.


Utilizó en el mismo discurso nombrado anteriormente una frase, “Los gritos son a veces simples voces llenas de prepotencia, pero otras veces los gritos, quieren imponer por fuerza sus ideas personales, autoritarias, haciendo suficiente ruido para que las voces sensatas no puedan ser oídas. Muchas veces me siento tentado a pensar que el que grita nunca tiene razón


Señor Celaya hemos intentado ser sensatos, razonar, ser oídos, reclamar durante años apelando a la supuesta imparcialidad de la ley y la justicia, hemos intentado hacer ruido para que se nos oiga pero sin conseguirlo, solo nos queda gritar, gritar sin prepotencia pero con desesperación, porque no somos autoritarios, solo gritamos porque tenemos razón, porque nuestro grito cae en vacío y porque gritar es lo único que nos queda.


A las instituciones: Diputación, Gobierno Civil, Juzgados, etc………. Si de verdad están investigando que pasó con los niños robados, vivos o muertos, ya saben desde hace mucho pero muchos años por donde deben empezar, seguir cerrando los ojos e irse por las ramas dice muy poco de lo que el ciudadano puede esperar.

¿Qué otras cosas no sabemos del Sr. Celaya? El tiempo lo dirá.


Frases sentencias de Adrian Celaya Ibarra:

*Un jurista nunca debe inclinar la cabeza cuando se le somete una cuestión que no se sujeta a lo que su conciencia le dice.


*El mundo se convulsiona porque aunque ya no estamos en una guerra mundial, hay multitud de pequeñas guerras; y porque hay montañas de silencio sobre la verdad.


*Lo propio del jurista es razonar en todos estos temas con serenidad, sin perder la ecuanimidad que es la que nos hace libres


*Queremos el Derecho para hacer un mundo mejor, no para servir de cobertura a ningún autócrata


*Tenemos el árbol de Bizkaia como un símbolo de libertad y nos gusta destacar las leyes del Fuero que garantizan la libertad individual


*El principio de solidaridad es esencial. Cristo dice: “amaros los unos a los otros”, eso es más que la solidaridad.


*Un profesor tiene que querer a sus alumnos para poder transmitir valores positivos. Quererlos es querer hacer de ellos buenos hombres y mujeres. Lo mismo pasa con los hijos. Creo que tengo unos hijos ejemplares, estoy contento, orgulloso de ellos, porque buscan la verdad y la justicia


*No puede haber igualdad sin justicia


*NUNCA podremos entender lo que somos si no sabemos nada de lo que fuimos


martes, 24 de enero de 2012

Bilbao, Cronica de sucesos. La fosa vacía o como resucitar a un muerto, Protocolo Sanitario

Bilbao, Cronica de sucesos. La fosa vacía o como resucitar a un muerto, Protocolo Sanitario

Bilbao, allá por 1972 a veces y por motivos que se nos escapan, algún que otro niño moría como tantos otros pero de repente volvía a la vida, resucitaba como un Lázaro cualquiera, los pocos y afortunados padres que vivían ese drama se sentían afortunados, desorientados y perplejos, no podemos decir nada parecido del resto que lloraba a sus hijos para siempre.

1972 era como otro año mas, parecido a los anteriores en cuanto al tratamiento protocolario de un bebé en su nacimiento, se tomaban huellas dactilares plantares junto a las de los dedos de la madre, se le ponía su pulseríta con el número de historia, habitación, mas los apellidos familiares...... y lo mas importante, los médicos no producían el certificado médico de defunción sin hablar previamente con los padres, y siempre se entregaba el cadáver a los padres, esto está recogido como protocolo dentro de la Seguridad Social de la época, después de consultar abundante bibliografía sobre este tema de manera exhaustiva al alcance de todos, he llegado a la conclusión de que estábamos igualados a Europa en cuanto a la identificación del bebé puesto que esta práctica de identificación de un recién nacido llevaba implantada en España muchos años anteriores a 1972, excepto de manera extraña en unos varios miles de niños que no sabemos porque no se le aplicaron estos protocolos al nacer.


Las clínicas particulares tenían igual protocolo, también consultado en bibliografía al alcance de todos, por lo tanto podemos llegar a la conclusión de que todo estaba bien reglado para evitar bebés extraviados o bebés muertos imaginarios, pocas muy pocas veces salían a la luz casos como el que se expone mas abajo, pero alguno que otro los hay como ejemplo de lo que pasaba, algunas veces y sobre todo por la valentía de algunos padres al acudir a los periódicos y contar su caso, debido a la época es normal que antes de dar una noticia de este calibre se consultasen a las autoridades competentes para no meter la pata y quedar bien, mas raro era publicar un caso como este que supongo que habría otros que quedaron en el anonimato.

El derecho de réplica lo tuvo el centro maternal y la Seguridad Social de manera contundente y en el mismo artículo dejó bien claro que nunca enterraban un niño, que siempre estaba identificado y que siempre se entregaba el fallecido a sus padres o familiares.

Todo el territorio español tenía la misma ley, todos los centros sanitarios tenían la misma ley, todos los médicos tenían la misma ley y práctica ¿como entonces es posible que a día de hoy hayan tantos miles de niños en el limbo de una tumba vacía y sin documentos? ¿acaso existían dos categorías de personas o dos categorías de nacidos? ¿porque unos si entraban en la rueda legal y otros no? ¿quien tiraba los dados? ¿quien era el responsable de velar por el cumplimiento de la ley y buenas prácticas dentro de los centros maternales?

Suponemos que tanto los directores de los centros, como los jefes de planta, de paritorio, medicos, de enfermeras....... porque sería increíble que cada uno obrara a su manera sin control, el control existía ¿nadie se daba cuenta? imposible me parece sabiendo como funcionaban los hospitales, maternidades y clínicas, era parecido al funcionamiento cuartelario, con sus rangos, ordenes, etc...... todo el que haya trabajado en cualquier clínica u hospital de la época lo sabe perfectamente, la responsabilidad a mi entender estaba depositada no solamente en los nombrados anteriormente, el principal responsable es el estado, que suponemos debía velar por sus ciudadanos porque al fin y al cabo estaban usando las instituciones que el estado ponía a su alcance........ excepto que hubieran ciudadanos de primera, de segunda y tercera para la ley y su aplicación.

Madres sin historia medica, sin documentos acreditativos de que parieron, otras con historias medicas mutiladas, niños enterrados sin papeles, niños muertos en cementerios que tampoco tienen sus papeles........ seguiríamos con la lista pero es larga ¿donde están los documentos de cada historia y porque no se cumplió el protocolo y la ley sanitaria a nivel nacional? misterio que solo podrá resolver el estado investigando a los responsables, personas que tenían en sus manos los destinos de madres e hijos indefensos en momentos muy vulnerables de sus vidas, profesionales que deberían haber cuidado, velado y respetado el bienestar físico y emocional de sus pacientes.


martes, 7 de diciembre de 2010

NOTA DE PRENSA LA VOZ DE LOS ADOPTADOS

LA VOZ DE LOS ADOPTADOS ANTE LA NOTICIA DEL MATRIMONIO ESPAÑOL Y EL SUPUESTO MALTRATO A SU HIJO RECIÉN ADOPTADO EN COLOMBIA

Ante la noticia publicada en diversos medios de comunicación sobre el matrimonio español retenido en Colombia acusado por la fiscalía de haber maltratado a uno de los 3 niños recién adoptados, la asociación La Voz de los Adoptados quiere manifestar un profundo rechazo a la actitud de este padre y manifestar que estamos impactados e impresionados.

Queremos dejar muy claro que NO denunciamos las 3 bofetadas al niño, sino que cuestionamos la actitud y los hechos que se muestran en la grabación que se emitió por TV. Estos 3 niños recién adoptados pueden presentar severos traumas, recordemos que tienen entre 3 y 9 años, acaban de salir de una Institución, no tienen ningún tipo de vínculo estable con nadie, pueden tener miedo a ser abandonados de nuevo y se sienten inseguros en un ambiente que les es desconocido. No es cuestión de debate si dicho niño se merecía o no tan dura reprimenda. Esta persona no lleva ni siquiera un mes ejerciendo de padre, aún no ha creado ningún vínculo con “su” hijo y éste, seguramente por su condición de abandonado, trae en su “mochila” una historia que condiciona sus respuestas ante las diversas situaciones.

Tal y como se puede observar en el vídeo, el adulto demuestra claramente poca habilidad ante los retos de su “especial” paternidad adquirida y nos hace pensar que quizá no sea idóneo para ser un padre terapéutico, estable, paciente, comprensivo , cercano y empático. Nos gustaria ser informados debidamente de la explicación por las partes implicadas para nosotros sacar una opinión basada en cuanto mas información, mejor y mas completa.

Desde la LA VOZ DE LOS ADOPTADOS trabajamos para hacer pedagogía del hecho adoptivo, siempre desde el punto de vista de las personas adoptadas. Nos identificamos plenamente con estos niños que han sido VICTIMAS de un abandono y tienen ahora derecho a tener la mejor familia siempre que ésta sea idónea. En relación a la certificación de idoneidad nos surgen muchas dudas. ¿Que está pasando? ¿Cómo es posible que estas actitudes no se detecten durante las evaluaciones a la famílias? ¿Somos conscientes que NO todo el mundo puede ser padre/madre adoptivo/a?

Bajo nuestro punto de vista la fiscalía Colombiana ha obrado correctamente.

Si quieren ponerse en contacto con nosotros:

La Voz de los Adoptadoshttp://www.lavozdelosadoptados.es/Teléfono: La Voz de los Adoptados 644 024 140

CIF G85980084 Registrado en el Ministerio del Interior como Asociación Nacional sin animo de lucro.

sábado, 27 de noviembre de 2010

El bebé secuestrado por un oficial nazi

Resumen del artículo del Diario de León
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=436864

Decían que en el patio era la más guapa de todos los niños», recuerda su hermano Jacinto. Tenía sólo dos años cuando fue «encarcelada» con su madre. «Un alemán andaba detrás de la niña hasta que un día a mi madre la dijeron que la pequeña estaba muerta»

Los comentarios que llegaron a oídos de la familia siempre apuntaban hacia la misma dirección: un oficial nazi de la alemana Legión Cóndor, que apoyó a Franco durante la Guerra Civil española, se encaprichó de la pequeña y se la llevó. No fue el único caso de España, pero sí el primero conocido en León hasta ahora. Ese aspecto quedó años después legalizado por Franco. El Boletín Oficial del Estado del 4 de diciembre de 1941, firmado por el caudillo, autorizaba el cambio de apellido de los niños repatriados. Esta ley oficialmente tenía el fin de dar una identidad a los niños perdidos de la guerra, pero en la práctica permitía las adopciones irregulares y complicaba de forma extrema el vínculo entre las familias biológicas y los pequeños.

ADN

ADN es un ácido que se encuentra en todas las células del cuerpo, el desoxirribonucleico. Es la sustancia que contiene la base biológica de la herencia, es decir, la información acerca de nuestras características físicas.

Supone el archivo más completo de todo nuestro historial genético.

La información genética de toda persona es idéntica a todas las células de su cuerpo y, a la vez, difiere de la cualquier otro individuo.

Durante la fase de concepción, el espermatozoide y el óvulo, se fusionan para constituir el cigoto u óvulo fertilizado; conteniendo, a partes iguales, la mitad del ADN que se encuentra en todas las células de todo el cuerpo. A su vez, contiene un conjunto completo de moléculas de ADN, formando una combinación única de ambos progenitores.

Recordemos que, a través de los test de ADN, se puede determinar la presencia de algún gen portador de enfermedades genéticas como la enfermedad celíaca, la fibrosis quística, la diabetes de tipo 1 ó el alzheimer, por ejemplo.

Los test genéticos: determinan la paternidad y otro grado de parentesco

Los test genéticos basados en las pruebas de ADN, además de para determinar la predisposición a contraer o no una determinada enfermedad, también son utilizados en otras áreas como la jurídica, debido a que este tipo de analítica permite también determinar la paternidad biológica y otro tipo de parentescos.

Así pues, son bastantes frecuentes las “pruebas de hermanazgo”

Estas pruebas permiten determinar la consanguinidad fraterna y se pueden realizar tanto en hermanos de padre y madre, como entre medio hermanos.

No obstante, también se pueden hacer pruebas de segundo grado de parentesco o abuelidad. Éstas determinan la relación biológica entre una persona y su presunto abuelo o abuela. Pero, también permiten constatar la zigosidad gemela, una prueba cuyo principal objetivo es determinar si dos hermanos gemelos son idénticos o no.

Las pruebas de maternidad sí que se recurre a ellas en casos muy concretos, por ejemplo: madre que tienen la sospecha que ha habido una equivocación en la asignación de los recién nacidos; personas adoptadas que desean tener toda la certeza de que se han encontrado con sus verdaderos progenitores; o, aquellas circunstancias en las que se ha producido una fertilización in vitro y la madre quiere asegurarse de que el embrión implantado es realmente suyo.

Reconstrucción genética


Puede ser utilizada para ayudar a establecer la paternidad y determinar otros tipos de parentesco familiar.

En algunos casos, El parentesco biológico necesita ser establecido entre un individuo y otro que es difunto o es inasequible. Cuando parientes cercanos de ése individuo están disponibles, sus muestras pueden ser examinadas para reconstruir el patrón genético “del desaparecido.” Por ejemplo, si la paternidad de un niño necesita ser determinado, pero el supuesto padre no está disponible para el examen, entonces las muestras de las siguientes personas pueden ser utilizadas para reconstruir perfil genético del ADN del supuesto padre:

Niño en disputa
Madre del niño
Supuestos abuelos paternales del niño

Pruebas de hermandad

Descubrimientos recientes de hermanos perdidos o que no se conocían los cuales se estuvieron buscando y se encontraron uno al otro. Si estos dos hermanos comparten un padre biológico en común, o comparten ambos padres biológicos, las pruebas completas o medias para Hermandad a través del ADN se pueden realizar para propósitos personales o legales.

Las pruebas de ADN de Hermandad se diseñan para determinar si dos o más individuos tienen padres en común. Hay dos tipos de Pruebas de ADN de hermandad, los cuales pueden ser:

Prueba de ADN para medios hermanos: si existen dos o más individuos que comparten un padre biológico en común. Los medios hermanos tienen generalmente 25% de su ADN común. Cuando la relación de hermandad es un tema de interrogante, el método recomendado para determinar si los individuos son hermanos biológicos verdaderos es probando a los supuestos padres. En situaciones donde es inasequible incluir en la prueba a los supuestos padres, La prueba ADN de hermandad puede ser realizada solamente con las muestras de los supuestos hermanos. Incluyendo por lo menos a uno de los supuestos padres en común esto aumenta grandemente la exactitud del análisis y se recomienda.

Prueba de ADN para hermanos completos (de padre y madre)
: Si existen dos o más individuos que tienen los mismos padres biológicos. Los hermanos completos comparten mucho más de su ADN que los individuos que no se relacionan uno a otro. Entre hermanos completos comparten más del 50% de su ADN.

Pruebas de abuelidad


La prueba de ADN de abuelo es especialmente útil cuando los supuestos padres de un menor no están disponibles para la prueba de paternidad o maternidad. Prueba con supuestos abuelos del niño pueden proporcionar una la respuesta a su interrogante. Si los supuestos abuelos son los abuelos biológicos del niño en dilema, entonces es probable que tengan marcadores genéticos comunes.

Tipos de Prueba de ADN con Abuelos:


Prueba de ADN con un solo abuelo:: Esta prueba de ADN Incluye a UN abuelo, un nieto y a un padre (opcional, pero sugerido). El rango de probabilidad para cualquier resultados de Prueba de ADN es >el 90% (inclusión) o del 15% (exclusión).Sin embargo, los resultados pueden variar de exactitud desde el 1% al 99% de certeza .La prueba de ADN asume que existe un 50% probabilidades de parentesco familiar.

Prueba de ADN con ambos abuelos: Esta prueba de ADN Incluye a AMBOS abuelos, un niño, y un padre (opcional, pero sugerido). Para resultados mas exactos de una Prueba de Abuelidad es mejor los supuestos abuelos del menor .Cuando se incluyen AMBOS supuestos abuelos los resultados de la prueba de ADN pueden indicar una probabilidad mayor que del 99% (para inclusiones) o del 0% (para exclusiones) de probabilidad de parentesco familiar.

Analisis Tio/Tia

Prueba de Parentesco, Tio, Sobrino

Determinar estadísticamente la probabilidad que una persona es la tío(a) biológica de un supuesto sobrino(a).

Pero puede agregar a más supuestos parientes, siempre y cuando sea necesario. Los resultados revelarán la probabilidad de parentesco que pueda existir desde 1% al 99%.


ADN Mitocondrial

Tradicionalmente se ha considerado que el ADN mitocondrial humano se hereda sólo por vía materna. Todos los seres humanos reciben ADN mitocondrial exclusivamente de su madre biológica.

Se puede establecer un linaje femenino común, el análisis de ADN mitocondrial se convierte en un arma poderosa para establecer (o descartar) un posible parentesco.
Todas las personas que tengan el mismo linaje materno deben forzosamente tener el mismo ADN mitocondrial.

El ADN mitocondrial puede ser usado para identificar individuos junto con otra evidencia. También es usado por laboratorios forenses para identificar viejas muestras de esqueleto humano. Distinto que el ADN nuclear, el ADN mitocondrial lo podemos realizar en cabello, dientes y huesos (inclusive huesos muy viejos) y nos dá la posibilidad de excluir algún parentesco materno directo si los individuos tienen secuencias de ADN mitocondrial significativamente diferentes.
Para identificar grupos de individuos, es usado entonces para aceptar o rechazar comparaciones entre personas perdidas y restos no identificados.

Este patrón tan especial de herencia molecular permite comparar un vasto tipo de relaciones familiares maternales: hermanas, abuelas, primas, sobrinas, tías e hijas.


ADNmt para determinar parentescos


Este ADN se puede obtener de muestras de cualquier tejido, incluso de la sangre y del tejido óseo.

por lo que se podría utilizar para determinar variabilidad en poblaciones naturales Hay estudios de investigación que utilizan genes mitocondriales que pueden ocasionar algun tipo de enfermedad.

Haplogrupos de ADN mitocondrial humano

Estos haplogrupos trazan la ascendencia matrilineal hasta los orígenes de la especie humana en África y desde allí, a su subsiguiente dispersión por toda la superficie del planeta.

viernes, 26 de noviembre de 2010

COMO HACER LLEGAR LA INFORMACIÓN AL RELATOR ESPECIAL ONU PARA LAS EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES, SUMARIAS O ARBITRARIAS O PEDIR SU INTERVENCIÓN

Esto también sirve igualmente para los niños robados, adoptados irregulares y niños desaparecidos por cualquier medio.


http://segurquetomba.wordpress.com

Cualquier persona o grupo, organización no gubernamental, organismo intergubernamental o gobierno que tenga conocimiento fidedigno de la realización de una ejecución extrajudicial, sumaria o arbitraria que pueden incluirse en una o varias de las categorías descritas en la página … de este folleto puede hacer llegar la información pertinente al Relator Especial 19/. Es necesario facilitar la siguiente información:

a) información sobre el incidente: fecha, lugar, descripción de las circunstancias en que el incidente se produjo; en los casos de supuestas violaciones del derecho a la vida en conexión con la pena de muerte se facilitará información sobre la falta de garantías de un juicio imparcial; en los casos de violaciones inminentes del derecho a la vida se expondrán las razones por las que se teme que la vida de las personas se encuentre en peligro; en los casos de violaciones inminentes en conexión con la pena capital, además de la información indicada, se dará cuenta de los recursos interpuestos;

b) información sobre las víctimas del incidente; número de víctimas si se conoce, así como su nombre, edad, sexo, profesión y actividades si guardan relación con la violación (inminente) del derecho a la vida;

c) información sobre los presuntos autores: explicación, si se conoce, de las razones por las que se sospeche de ellos; si los autores no son agentes del Estado, se facilitarán detalles de la posible relación de esas fuerzas o individuos con el Estado (por ejemplo cooperación con las fuerzas de seguridad del Estado, información sobre la escala jerárquica, connivencia del Estado con sus operaciones o tolerancia de las mismas, etc.);

d) información sobre la fuente de la denuncia: nombre y dirección completa de la organización o del individuo que formula la denuncia ante el Relator Especial.

De conocerse, podría facilitarse también la siguiente información, de interés para el Relator Especial:

a) Información adicional sobre las víctimas del incidente que pueda contribuir a identificarlas, por ejemplo, lugar o residencia de origen.

b) Información adicional sobre los supuestos autores: nombre, dependencia o servicio al que pertenecen, categoría y funciones.

c) Información sobre las medidas adoptadas por las víctimas o sus familiares y, en particular, sobre las reclamaciones presentadas, sus autores y los órganos ante los que se han presentado. Si se ha decidido no formular ninguna reclamación, explicación de las causas de esta decisión.

d) Información sobre las medidas adoptadas por las autoridades para investigar la supuesta violación del derecho a la vida y para proteger a las personas amenazadas e impedir la repetición de incidentes similares, en particular: si se han presentado reclamaciones, las medidas adoptadas por los órganos competentes a su recepción; la evolución y la situación de las investigaciones en el momento de presentarse la denuncia; si los resultados de las investigaciones no son satisfactorios, explicación de las causas.

El Relator Especial agradecería recibir asimismo información más general con referencia al derecho a la vida, por ejemplo sobre la reciente evolución legislativa en relación con la pena capital o las leyes de amnistía, o información fidedigna sobre el tratamiento de la impunidad. Esa información le permitirá una mejor evaluación de la situación en general del derecho a la vida en los diferentes países.

Toda información de interés para el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias deberá enviarse por correo o por fax a la siguiente dirección:

Relator Especial sobre las ejecuciones
extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
Alto Comisionado/Centro de Derechos Humanos
Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra
1211 Ginebra 10
Fax: 41 22 917 9006


MODELO DE CUESTIONARIO

Informaciones generales:


El Relator Especial puede adoptar medidas en los siguientes casos:

a) Violaciones del derecho a la vida en relación con la pena de muerte. El Relator Especial interviene cuando se impone la pena capital tras un juicio que no fue imparcial o en caso de infracciones al derecho de apelación o al derecho de solicitar conmutación de pena o indulto. También interviene si la persona condenada es menor de edad, enferma o discapacitada mental, una mujer embarazada o una madre que ha dado a luz recientemente.

b) Amenazas de muerte y temor de inminentes ejecuciones extrajudiciales llevadas a cabo por funcionarios del Estado, grupos paramilitares, particulares, o grupos que cooperan con los gobiernos o son tolerados por éste, así como por personas no identificadas que pueden estar vinculadas a las categorías mencionadas.

c) Muertes durante la detención debidas a torturas, descuido o uso de la fuerza, o condiciones de privación de la libertad que entrañan peligro de muerte.

d) Muertes como consecuencia del uso de la fuerza por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley o personas que actúan en acuerdo directo o indirecto con el Estado cuando el uso de la fuerza no es consecuente con los criterios de absoluta necesidad y proporcionalidad.

e) Muertes como consecuencia de ataques por fuerzas de seguridad del Estado, por grupos paramilitares, escuadrones de la muerte u otras fuerzas privadas, que cooperan con el Gobierno o son toleradas por éste.

f) Violaciones del derecho a la vida durante conflictos armados, especialmente entre la población civil y otros no combatientes, en forma contraria al Derecho humanitario internacional.

g) Expulsión, devolución o retorno de personas a un país o lugar en que sus vidas están en peligro, así como cierre de las fronteras nacionales para impedir que las personas que buscan asilo dejen el país en que sus vidas están en peligro.

h) Genocidio.

i) Incumplimiento de la obligación de investigar presuntas violaciones del derecho a la vida y de entablar juicio contra los responsables.

j) Incumplimiento de la obligación de ofrecer una compensación adecuada a las víctimas de violaciones del derecho a la vida.

La información sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias en relación con las categorías mencionadas puede enviarse a la dirección siguiente:

Relatora Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
c/o Oficina de la Alto Comisionado para los Derechos Humanos
CH- 1211 Ginebra 10 Suiza
Fax: (+41 22)917 9006


o ser enviada por correo electrónico: urgent-action@ohchr.org

Nota: Si desea que determinados datos de la presente información se consideren confidenciales, sírvase escribir la palabra “CONFIDENCIAL” junto a dichos datos. Pueden adjuntarse hojas adicionales si el espacio no es suficiente.

I. Identidad de la persona víctima del incidente:
Nota: si mas de dos personas están implicadas, se ruega rellenar un cuestionario para cada persona.

1. Apellido:…………………………………………………………………………………………………………
2. Nombre:………………………………………………………………………………………………………….

3. Sexo: __ masculino __ femenino
4. Fecha de nacimiento o edad:……………………………………………………………………………..
5. Nacionalidad(es):……………………………………………………………………………………………..
6. Estado civil:…………………………………………………………………………………………………….
7.Documento de identidad:…………………………………………………………………………………. Nº.:………………………………………………………………………………………………………..
Expedido por:………………………………………………………………………………………….
En fecha:…………………………………………………………………………………………………
8. Profesión y/ o actividad (por ejemplo sindicalista, política, religiosa, humanitaria/de solidaridad/trabajo en favor de los derechos humanos, etc.): ………………………………………………………………………………………………………………….. …………………………………………………………………………………………………………………..
9. Dirección habitual:………………………………………………………………………………….. …………………………………………………………………………………………………………………..
10. Si hay una conexión entre el incidente presente y otros incidentes/ personas, sírvase indicarla: ……………………………………………………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

II. Información sobre el incidente:


1. Fecha:………………………………………………………………………………………
2. Lugar:……………………………………………………………………………………….
3. Hora:………………………………………………………………………………………..

4. Sírvase describir las circunstancias del incidente, teniendo en cuenta las categorías siguientes: (a) pena de muerte, sírvase detallar (por ejemplo: juicio imparcial, acusaciones, apelación, la ejecución es inminente, etc.)
(b) temor a una violación inminente del derecho a la vida (amenazas de muerte, expulsión o devolución inminente de una persona a un país en que su vida esté en peligro, etc.)
(c) otro (muerte durante la detención, muerte como consecuencia del uso desproporcionado de la fuerza por funcionarios, muerte como consecuencia de ataques por fuerzas de seguridad del Estado, por grupos paramilitares, escuadrones de muerte u otras fuerzas, incumplimiento de la obligación del Estado de investigar, etc.): ………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

III. Fuerzas a las que se considera responsables de los hechos:

(a) si cree que agentes del Estado son los responsables, sírvase detallar (fuerzas militares, policía, personas uniformadas o no, agentes de los servicios de seguridad, su unidad, rango y función, etc.) y sírvase señalar por qué cree que sean responsables; sea tan preciso como sea posible:

(b) si las fuerzas o los agentes no han podido ser identificados, indique la razón por la que cree que se trata de agentes del Estado o personas vinculadas a ellos: …………………………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………………………..
……………………………………………………………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

(c) si el incidente tuvo lugar en presencia de testigos, proporcione sus nombres. Si los testigos no se identificaron o no desean dar sus nombres, indique si se trata de familiares, vecinos, testigos circunstanciales, etc.; si existen otras pruebas, sírvase indicarlas: ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

IV. Recursos judiciales o de otra índole iniciadas por la víctima o su familia:

(a) En caso de un recurso judicial, sírvase indicar quien lo inició, cuándo y ante qué tribunal: ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

(b) Otras actuaciones: ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

V. Medidas adoptadas por las autoridades:

(a) Indicar si se han realizado o no investigaciones por las autoridades estatales; en caso afirmativo, ¿qué tipo de investigaciones? Indique el estado y progreso de tales investigaciones; ¿qué otras medidas han sido adoptadas? ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

(b) Si la víctima o su familia han presentado denuncias, ¿cómo han sido tratadas por las autoridades? ¿Cuál ha sido el resultado de tales procesos? ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

VI. Identidad de la persona que proporciona la presente información:

1. Apellido:…………………………………………………………………………………………………….

2. Nombre:………………………………………………………………………………..

3. Identidad: individuo, grupo, organización no gubernamental, organización inter-gubernamental. Sírvase detallar: ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………..

4. Dirección (teléfono, fax, correo electrónico):
………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………

5. Indique si desea que los datos sobre su identidad se consideren de carácter confidencial: ……………………….

Fecha:

Firma del informante:

lunes, 22 de noviembre de 2010

El fiscal pedirá una oficina para investigar casos de niños robados en el franquismo

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/11/22/espana/1290435940.html

El fiscal pedirá una oficina para investigar casos de niños robados en el franquismo


* Ésta ayudaría a coordinar demandas y prestaría atención a los afectados
* Según la Fiscalía, la Audiencia Nacional no es competente en este caso

Efe | Madrid
Actualizado lunes 22/11/2010 15:35 horas

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opondrá previsiblemente a que este tribunal investigue la causa de los llamados "niños perdidos del franquismo", aunque apoyará la creación de una oficina de atención a los afectados en el Ministerio de Justicia que coordinará todas sus demandas.

Fuentes del Ministerio Público han adelantado esta posición de la Fiscalía después de que el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid se inhibiera el pasado 28 de octubre de esta causa en favor del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, cuyo titular es Pablo Ruz, al que aún no ha llegado la petición.

Las mismas fuentes han subrayado que este tribunal no es el competente para investigar estos hechos y que no puede utilizarse la vía penal, por lo que la Fiscalía apoyará "en la medida de lo posible" la administrativa mediante la creación de dicha oficina, "que podría ser un buen instrumento para agilizar los trámites".

Estos son los argumentos que el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha trasladado a la Plataforma Grupos de Afectados de Clínicas de Toda España de la Causa de Niños Robados, a los que ha expuesto además que los delitos podrían haber prescrito, según han precisado las fuentes consultadas.

domingo, 21 de noviembre de 2010

El país de los niños perdidos



http://mujerpceepknavarra.wordpress.com/2010/11/20/el-pais-de-los-ninos-perdidos/

Mikel Arizaleta
Rebelión

Hace algunos años, en el 2003, tropecé con un bello libro, “Els nens perduts del franquisme” de Ricard Vinyes, Montse Armengou y Ricard Belis, que convirtieron en reportaje televisivo. Me emocionó su lectura. Desconocía la dimensión del secuestro y maltrato. ¿Sabe usted? Seguimos siendo el país de los niños perdidos. Todavía, finalizando el 2010, desconocemos la verdadera dimensión del caso. Hay historiadores y estudiosos que lo cifran en 30.000. Pero pudieran ser muchos más. ¡Qué terrible vivir en un país en el que ni el gobierno, ni el fiscal general, ni el defensor del pueblo, ni la audiencia nacional, ni el tribunal supremo, ni el parlamento con su ley de la memoria histórica se hayan molestado lo más mínimo por este inmenso, descomunal y descorazonador crimen, ni siquiera de contabilizarlo! ¡Que el Estado no haya averiguado qué pasó con las víctimas del franquismo, muy especialmente con los hijos de presas, de trabajadores no afectos al régimen franquista o de aquellos a quienes de una u otra manera se les privó de su derecho al nombre, a su filiación, a saber quienes eran!

No olvidemos que “t enemos jueces en las altas instancias que han jurado lealtad a Franco, que tenemos partidos políticos de cuando Franco y por tener franquismo tenemos hasta leyes de la memoria copiadas de Franco”. El mismo rey es uno de ellos.

El robo y secuestro de niños se basaba en la doctrina sobre la salvación de la pureza racial de la hispanidad, de inspiración nazi del jefe de los Servicios Psiquiátricos Militares de Franco, el coronel Vallejo-Nájera. Hay estudios publicados en los que se refleja la necesidad de separar a estos niños de las familias republicanas para impedir que prosiguiera el contagio del comunismo, que iba a llevar a la degeneración mental de la españolidad. Hacían investigaciones forzadas con prisioneros. Creo, dice el jurista Rodríguez Arias, que los crímenes del franquismo pueden ser calificados como terrorismo de Estado, como también lo fueron los de la Dictadura argentina, pero el concepto de crímenes contra la humanidad es mucho más exacto y favorable para las victimas por los efectos que les reconoce el Derecho Penal Internacional desde Nuremberg.

Dice el profesor Rodríguez Arias: “Seguimos siendo el segundo país del mundo en cifras de desaparecidos, tan sólo por detrás de la Camboya de Pol Pot, y aunque trágicamente seguimos teniendo más desaparecidos en España que en toda hispanoamérica hemos acudido allí pretendiendo darles lecciones y son ellos los que deberían dárnoslas a nosotros en este campo… vivimos en un país en el que se da el mayor caso de desaparición forzada específicamente infantil perpetrado en la Europa contemporánea, donde ni tan siquiera el caso de los niños del Lebensborn nazi de Himmler, ni otros más conocidos de fuera – como los 800 niños de las Abuelas de Plaza de Mayo – parecen resultar equiparables en cifras potenciales. Un número indeterminado de personas -nuestros “desaparecidos en vida”-, continúan entre nosotros desconociendo aún hoy sus verdaderos orígenes y el hecho mismo de tener seres queridos – también aún hoy – a la espera de un largamente anhelado reencuentro familiar… Un país en el que la represión de la dictadura se cebó también en los niños de los defensores de nuestra Segunda República; niños arrebatados a sus madres en cárceles y salas de parto, secuestrados por agentes del Estado franquista en Francia y otros países para su “reintegración” a la patria previo cambio de apellidos y, por supuesto, de familia. Todo ello en nombre de la salvación de la pureza racial de la hispanidad de un supuesto “contagio rojo”, por si fuera pequeña la monstruosidad…, en este país, el país de los niños perdidos, los agentes del Estado pudieron llevar a cabo las miles de ejecuciones extrajudiciales o los robos de bebés indefensos, pero no la localización e identificación de estos mismos desaparecidos y la devolución a sus sufridas familias. ”

Miguel Ángel Rodríguez Arias es investigador de Derecho Penal Internacional de la UCLM (Universidad de Castilla-La Mancha) y autor de las primeras investigaciones jurídicas en España abordando la cuestión de los desaparecidos del franquismo como “crímenes contra la humanidad” no prescritos, y no sólo como cuestión de “memoria”. Es autor del libro “ El caso de los niños perdidos del franquismo: crimen contra la humanidad ” [i] , investigación en la que se basó el juez B. Garzón para abrir el caso de las desapariciones infantiles durante la dictadura. Cuenta en su haber cuatro premios nacionales e internacionales de investigación.

En el país de los niños perdido tenemos una ley “de la memoria histórica”, la ley 52/2007 del 26 de diciembre, que reproduce planteamientos jurídicos franquistas. No se trata de una afirmación a la ligera, “su artículo 13 reproduce fielmente, en materia de desapariciones, el de la Orden de 1 de Mayo de 1940 “sobre exhumaciones e inhumaciones de cadáveres asesinados por los rojos” (BOE n. 130, de 09 de mayo de 1940); este copia-pega vulnera el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, ratificado por nuestro país en 1979. La ley de la Memoria es equidistante, no declara ilegal el franquismo, no declara sus actos jurídicos nulos de pleno derecho, no plantea devoluciones de patrimonios incautados a particulares y, además, trata a las víctimas del franquismo y a las que sufrieron los excesos de elementos incontrolados en la retaguardia gubernamental al mismo nivel.

La Ley de la Memoria no sólo se olvida de los niños, también se olvida de las mujeres, no tiene una sola palabra para ellas. El objetivo de su libro: poner de manifiesto las distintas posibilidades de acción al alcance de las víctimas y, también, las hasta ahora completamente desatendidas responsabilidades de nuestro Estado en la tutela de sus derechos. Sabiendo que es la continuación de un camino contra la impunidad y el olvido de estos crímenes iniciado en su día por otras personas como Tomasa Cuevas, Eduardo Pons Prades, Ricard Vinyes Ribas, Armengou y Belis y otros: que el Estado asuma de forma plena la búsqueda e identificación de los desaparecidos, como tarea y responsabilidad propias, sentidas como tal por todo su aparato organizativo.

He visto la película Izarren argiak o Estrellas que alcanzar, trata sobre una de tantas cárceles bestiales de mujeres del franquismo, la de Saturrarán (Gipuzkoa), y me he acordado de Vicenta Flores, de aquella mujer que vivió siempre con el miedo, hasta que se dijo: “No te calles tanto, que si te callas te vas a morir sin hablar. Tengo que decir al mundo entero que soy la hija de Melecio. Que sea rojo, que sea blanco, que sea lo que quiera. Era mi padre y si era rojo, no tengo ninguna vergüenza. ¿Era rojo? ¡Pues soy la hija de un rojo! Vicenta se siente estafada. Le robaron el padre, le robaron la infancia y le robaron su pasado” [ii] .

Vivimos en un país con ciento cincuenta mil personas en fosas clandestinas, en el que sigue habiendo temas tabú como el de la devolución de las requisas de bienes y papel moneda y el de las indemnizaciones, imprescriptibles, a los trabajadores forzados por parte de los empresarios de Franco, que sacaron buen provecho de la dictadura.

Es noviembre, dentro y fuera.
 
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